Venta de automóviles usados: no será necesario el libre deuda para las transacciones

Venta de automóviles usados: no será necesario el libre deuda para las transacciones

No se requerirá más el "libre deuda" para la transferencia de vehículos usados. Vendedor y comprador podrán acordar directamente el pago de las deudas pendientes.

El Gobierno nacional ha introducido nuevas modificaciones en los procedimientos para la transferencia de vehículos en Argentina. A partir de septiembre, ya no será necesario presentar el "libre deuda" de patentes y multas para completar la transferencia de un vehículo usado.

El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, explicó que los Registros Automotores dejarán de ser responsables del cobro de impuestos, tasas relacionadas con la radicación de automotores, así como multas por infracciones de tránsito cometidas en jurisdicción provincial o municipal. Ahora, cada jurisdicción será responsable de recaudar estos conceptos.

Con esta medida, vendedor y comprador podrán acordar el pago de las deudas pendientes directamente entre ellos. En palabras del secretario de Justicia, Sebastián Amerio, encargado de la Subsecretaría de Asuntos Registrales, “los gobiernos deberán asumir su responsabilidad en la administración de los impuestos, tasas y retenciones. Los ciudadanos tienen el derecho de conocer el destino de los fondos que el Estado retiene, y esta medida representa un avance en esa dirección”.

Amerio también destacó que eliminar los convenios que permitían a los Registros Seccionales cobrar estos conceptos era necesario, ya que esta práctica “no es propia de la actividad registral”.

Estas nuevas disposiciones se suman a reformas anteriores, que incluyen la reducción del arancel de transferencia al 1% (anteriormente del 1,5% para vehículos del Mercosur y del 2% para importados), la eliminación de cargos por cédulas de identificación, títulos y chapas patentes, y la creación del Legajo Digital Único (LDU).

El LDU busca “ofrecer un servicio de inscripción abierto, accesible y estandarizado a nivel nacional, que facilite las inscripciones o anotaciones solicitadas por los titulares registrales o por intermediarios autorizados para todos los vehículos”.

Además, el Gobierno ha dispuesto que los Encargados de Registros Seccionales deben procesar los trámites utilizando cualquier Solicitud Tipo y proceder con su calificación y posterior inscripción, basándose en la información proporcionada por el Certificado Digital Automotor (CDA) disponible en el Sistema Único de Registración de Automotores (SURA), sin necesidad de una validación previa por parte del Registro Seccional de radicación del vehículo.