El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la ley de emergencia en discapacidad tras el fallo de la Justicia
El Gobierno nacional aprobó este miércoles la reglamentación de la ley de emergencia en discapacidad, que había recibido el aval en el Congreso a mediados del año pasado. Sin embargo, el presidente Javier Milei la dejó en suspenso hasta que sus impulsores explicaran de dónde sacaba los fondos para la implementación.
La medida quedó establecida esta madrugada a través del Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial. En ese sentido, el Gobierno formalizó la creación de un nuevo régimen de pensiones y establece compensaciones para prestadores, aunque no completa toda la reglamentación.
Según indica el texto oficial, la Secretaría Nacional de Discapacidad, dependiente del Ministerio de Salud, será la encargada de instrumentar mecanismos permanentes de diálogo y consulta con las personas con discapacidad, sus organizaciones representativas y los prestadores de servicios.
Además, la secretaría deberá fijar, junto al Consejo Federal de Discapacidad, los criterios y lineamientos vinculados a las certificaciones y al Certificado Único de Discapacidad (CUD), mientras que el consejo cumplirá funciones de articulación federal y asesoramiento.
Uno de los ejes principales de la normativa es la puesta en marcha de un nuevo régimen de pensiones por discapacidad, cuya implementación requiere definir con precisión los requisitos de acceso, condiciones de permanencia, incompatibilidades, procedimientos administrativos y mecanismos de control.
La disposición establece este esquema, que deberá articularse con las políticas de inclusión laboral, para evitar superposiciones con otros beneficios previsionales o asistenciales y garantizar una aplicación coherente del sistema.
La medida, que lleva la firma de Milei; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. Además, habilita una compensación de emergencia para prestadores, quienes deberán declarar ante qué organismo facturaron y consignar, en carácter de declaración jurada, los montos mensuales facturados entre el 1° de diciembre de 2023 y el 31 de diciembre de 2024, siempre que no registren sanciones firmes en los últimos dos años.
Por último, la Superintendencia de Servicios de Salud será la encargada de auditar las facturas presentadas a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), verificando los valores subsidiados y su correspondencia con el período declarado.












