Cómo funcionará el comercio de San Francisco durante los feriados por la visita del Papa
La mayoría de los comercios de San Francisco prevé abrir sus puertas durante los feriados del lunes 9 y martes 10 de noviembre, establecidos con motivo de la visita del papa León XIV a la Argentina. Así lo refleja una encuesta realizada por el Centro Empresarial y de Servicios (CES), que relevó las modalidades de atención previstas para ambas jornadas.
De acuerdo con los resultados, el 73,9% de los comercios consultados abrirá en distintos horarios, mientras que el 26,1% permanecerá cerrado tanto el lunes como el martes. De esta manera, pese a los dos días feriados consecutivos, buena parte de la actividad comercial local tendrá continuidad, aunque con modificaciones en los horarios habituales.
Para el lunes 9, el relevamiento indica que el 60,9% de los comercios no abrirá sus puertas. Entre los que sí atenderán, el 26,1% lo hará solo por la mañana, el 8,7% únicamente por la tarde y el 4,3% mantendrá su horario habitual.
En tanto, para el martes 10, el 65,2% de los establecimientos prevé abrir solo por la mañana y el 26,1% permanecerá cerrado. El 8,7% restante abrirá con normalidad, mientras que no se registraron respuestas para la opción de atención exclusiva por la tarde.
Los feriados fueron establecidos en el marco de la visita oficial del papa León XIV, prevista entre el 8 y el 11 de noviembre. El lunes 9 tendrá alcance nacional, mientras que el martes 10 regirá en Córdoba y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según lo dispuesto por el Decreto 1103/2026.
Cómo se deben pagar las jornadas trabajadas
Además de informar las previsiones de apertura, el CES recordó las disposiciones laborales que deben tenerse en cuenta durante ambas fechas. Los comercios podrán abrir sus puertas, pero deberán respetar la normativa vigente para los feriados.
En este sentido, los empleados que no trabajen durante esas jornadas no deberán sufrir descuentos salariales por ese motivo. En cambio, quienes presten servicios deberán percibir la remuneración correspondiente a un feriado trabajado, es decir, el pago doble de la jornada, de acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo.













